Las tareas que involucran trabajo en alturas conforme a las estadísticas nacionales, representan una condición de alto riesgo y se consideran como la primera causa de accidentalidad y morbimortalidad en el ámbito laboral, por lo que se requiere de la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de actividades para su intervención.
De este modo, el Ministerio del Trabajo expidió el Reglamento de Seguridad para Protección contra Caídas en Trabajo en Alturas (Resolución 4272 de 2021), el cual es de estricto cumplimiento para empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales del país; por tanto, este se debe evidenciar en el programa de protección contra caídas inmerso en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
Con base a lo establecido por el Reglamento de Seguridad para Protección Contra Caídas en Trabajo en Alturas todo trabajador que realice labores en Altura con riesgo de caída, que realice desplazamientos horizontales y/o verticales por estructuras, incluidas las técnicas de suspensión, utilizando diferentes equipos de protección contra caídas según el tipo de aplicación y sistemas de Anclajes portátiles, debe estar Certificado en el nivel Avanzado Trabajo Seguro en Alturas.